Sociedad | Estuvo afectada la garantía de imparcialidad por parte de juez actuante

El "Pata" Medina sobreseído por nulidades en la causa y solicitan que se investigue al juez Armella




Este martes por la tarde se conoció la noticia que el exsecretario general de la Unión Obrera de la Construcción Argentina (Uocra) de La Plata Juan Pablo "Pata" Medina, al igual que Cristián Isidoro Jesús Medina, David Emiliano García, Juan Horacio Homs, Liliana Beatriz Frontán, María Fabiola García, Lara Micaela Muñoz, Pablo Nicolás Neves, Marianela Lujan Pagnoni y Rubén Darío Roldán fueron sobreseídos por la justicia federal de La Plata en la causa en la que fueron en su momento imputados y detenidos por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión instruida por el juez federal Luis Armella, el cual será investigado por su actuación en el caso que terminócocociéndose que era una orden de la mesa judicial de Vidal, más conocida como la "Gestapo PRO". 

El juez federal Alejandro Esmoris sobreseyó hoy al exsecretario general de la Unión Obrera de la Construcción Argentina (Uocra) de La Plata Juan Pablo "Pata" Medina, declaró la nulidad de la causa en la que se lo acusó por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión y envió copia de su resolución al Consejo de la Magistratura para que se investigue la actuación del magistrado federal de Quilmes Luis Armella.

El Tribunal Oral Federal 2 de La Plata sobreseyó a Medina y a otra nueve personas ante el pedido de nulidad de los abogados Alejandro Roberto Montone y Juan Ángel Di Nardo, quienes expusieron que en una reunión en el Banco Provincia, en la ciudad de Buenos Aires, entre empresarios, funcionarios del gobierno de María Eugenia Vidal y agentes de la AFI -conocida como "Gestapo"-, se convocó a armar una estrategia para impulsar causas contra gremialistas, básicamente de la actividad de la construcción de La Plata.

Además, en el fallo se ordena extraer copia y remitir al Consejo de la Magistratura de la Nación, conforme lo previsto en el Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación, detalle de la actuación del titular del Juzgado Federal en lo Criminal Correccional de Quilmes, Dr. Luis Antonio Armella".

En la declaración de nulidad, el tribunal enumeró "actos del magistrado instructor que afectaron la garantía de juez imparcial" y destacó "el indudable y evidente interés que tenían los representantes de los distintos estamentos políticos y de la actividad relativa a la construcción centralizada en la ciudad de La Plata en el armado de causas judiciales en las que Medina resultare legitimado pasivo".

En esa línea, en el fallo se reseñaron "los diversos contactos telefónicos y personales que esas personas mantuvieron con el juez instructor y con el secretario que intervino" y se destacó que "no quedan dudas que tal garantía se vio afectada en el trámite inicial de este legajo, habida cuenta que el juez que participó en su instrucción se mostró interesado en el proceso".

"Su actuar no estuvo regido por la indiferencia que debe gobernar las decisiones jurisdiccionales, en el sentido de que estuvo determinado o, al menos, influenciado, por los intereses asumidos por ciertos funcionarios en aquella reunión celebrada el 15 de junio de 2017 en la sede capitalina del Banco de la Provincia de Buenos Aires", añadió Esmoris.

En aquella reunión estuvieron el entonces ministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas y el subsecretario de Justicia Adrián Grassi; el intendente de La Plata, Julio Garro; el senador provincial de Juntos por el Cambio Juan Pablo Allan y los entonces directivos de la AFI Sebastián De Stefano, Darío Biorci y Diego Dalmau Pereyra.

El tribunal expresó que "en el plan de criminalización orquestado contra el nombrado se encontró comprometido desde sus albores el juez Armella, pues el 22 de mayo de 2017, es decir, en forma previa a la recepción de la denuncia anónima que dio origen a esta encuesta, mantuvo contacto con el funcionario del servicio de inteligencia, De Stefano" y luego se citan comunicaciones posteriores.

"Todas las circunstancias objetivas reseñadas resultan ilustrativas de cómo se ha lesionado la separación de poderes", señala el fallo y agrega que "su ausencia en el ejercicio de la magistratura en el caso concreto sometido a decisión, implica un vicio esencial que impone la declaración de la nulidad reclamada"

En su presentación, los abogados indicaron que en la filmación de esa reunión queda claro la ilegalidad de las pruebas que dieran origen a la investigación y que fueron la base de órdenes de allanamiento y secuestro, además del dictado del procesamiento con prisión preventiva.

La decisión de Esmoris, además de beneficiar al exlíder sindical, impactó en la situación judicial de Cristián Isidoro Jesús Medina, David Emiliano García, Juan Horacio Homs, Liliana Beatriz Frontán, María Fabiola García, Lara Micaela Muñoz, Pablo Nicolás Neves, Marianela Lujan Pagnoni y Rubén Darío Roldán. (Cablera Télam)